En Belice la negociación de valores en régimen de licencia fue creado en respuesta al hecho de que muchos licenciados de empresas / sociedades de gestión y los síndicos ya la prestación de los servicios cubiertos ahora por la licencia, como los servicios auxiliares a sus funciones primarias. Aunque técnicamente coherente con sus funciones primordiales, la Comisión de Servicios Financieros (FSC) reconoce que algunos profesionales podrían carecer de las competencias específicas para la los servicios auxiliares que se detalla a continuación y, por tanto, introdujo los requisito para una licencia.
La listas de referencia los siguientes servicios:
- Formacion o gestión de empresas comerciales internacionales o de otras entidades offshore.
- Formacion o gestión de empresas (offshore) y fideicomisos en la prestación de servicios
- internacionales de fideicomisos.
- Servicio de seguros internacionales
- Proteccion de activos y administracion internacional.
- instituciones de inversión colectiva internacionales (como los fondos mutuos, fondos, etc.)
- sevicios de trasnferencia de dinero
- servicios de procesamiento de pagos.
- intercambio de divisas.
- intercambios financieros y los basados en instrumentos derivados y otros valores (por ejemplo, futuros, opciones, tipos de interés, instrumentos de cambio de divisas, acciones, contratos por diferencias, etc.)
- Money intermediación.
- préstamo de dinero.
- intercambio de dinero .
- servicios de custodia.
- servicios de contabilidad.
Condiciones para la negociación de valores Belice Licencia son las siguientes:
- La licencia estará en todo momento cumplir con las disposiciones de la Ley, la Ley modificada de reglamentos y el marco del mismo, en su forma enmendada de tiempo en tiempo, así como la Federación de Profesionales (código de conducta), 2001, en su forma enmendada de tiempo a tiempo.
- El licenciatario no podrá realizar transacciones comerciales de cualquier (valores, divisas, derivados o de otro tipo) con cualquier persona o entidad que sea residente de Belice a menos que dicha persona o entidad:
- El licenciatario llevará a cabo sus negocios en una moneda distinta de la moneda de Belice.
- El licenciatario debe proporcionar a todos sus clientes con los estados mensuales con las siguientes informaciones: la cantidad adeudada a los clientes, y el hecho de que esos fondos se pagan en la demanda del cliente.
- El licenciatario deberá mantener en efectivo o valores autorizados cualificada según lo prescrito por la IFSC, por sí sola o en común, los temas de crédito de sus clientes por encima de los puntos de débito del cliente. Además, el licenciatario está obligado a: separar los fondos de los clientes, mantener la posesión o el control de pagado la totalidad de los valores y el exceso de margen de llevarse a los clientes
- El licenciatario no alentar el comercio excesivo en la cuenta de un cliente a los efectos de la licencia ncreasing o corredor de bolsa o de la comisión u otros ingresos generados por ese comercio.
- El licenciatario estará prohibida a partir de la ejecución de cualquier operación o de hacer uso indebido de los valores de un cliente o de los fondos, incluyendo pero no limitado a, los casos de robo o empréstitos, préstamos o promesas de contribuciones del cliente sin la previa autorización por escrito.
- El licenciatario deberá presentar por fax u otros medios electrónicos por la décima parte de cada mes los cálculos y las pruebas de la licencia de: desembolso del capital y de irreprochable, el cumplimiento de los requisitos de margen del último día hábil del mes anterior y una declaración de ingresos para el mes anterior, el número, volumen y valor de todas las negociaciones realizadas y cualquier otra información que considere necesaria la IFSC, y cualquier otra información requerida por la IFSC.
- En el caso de insolvencia, ya sea considerado insolvente en Belice o en cualquier otra jurisdicción, el licenciatario está prohibida la realización de valores o de operaciones de derivados y debe proporcionar notificación inmediata a la IFSC.
- El licenciatario está obligado a revelar a sus clientes las tarifas de los servicios prestados por las empresas registradas en relación con las operaciones con valores y no podrán ser discriminatorios entre los clientes.
- El licenciatario deberá informar a la IFSC a más tardar cinco días hábiles después del evento cuando el licenciatario o de cualquiera de sus empleados: es objeto de ninguna denuncia por escrito al cliente de denuncias de falsificación, fraude, robo o apropiación indebida de fondos o valores, se llama un acusado o demandado en cualquier procedimiento penal o reglamentarias o de cualquier proceso civil superior a 25.000 dólares de los EE.UU., si en Belice o en el extranjero
- Antes de efectuar un margen comercial en nombre de cualquier cliente, el licenciatario debe: estar en posesión de un margen de Acuerdo firmado por el beneficio de los clientes, el cliente de obtener un mínimo margen de depósito de 2.000 dólares de los EE.UU.
- El licenciatario del comercio de divisas se limita a los de mercados organizados y los intercambios y el licenciatario está prohibida la realización de operaciones de cambio de divisas en la tesorería y de mercado paralelo.
- El licenciatario debe dar prioridad a los pedidos del cliente y transmitirá instrucciones en orden de recepción.
- El licenciatario no podrá, sin la aprobación por escrito de la IFSC: entrar en una fusión, fusión o consolidación; transferencia de la totalidad o una parte sustancial de sus activos o pasivos; su cambio de nombre o dirección que figura en su licencia; modificar su memorando o los artículos de la Asociación de aceptar o mantener un residente de Belice como un cliente de cualquiera de sus servicios comerciales.
- La IFSC se reserva el derecho de aprobar los cambios en la participación original, dirección o gestión de la licencia.
- El licenciatario estará obligado a reunirse con el IFSC al menos una vez al año para revisar el rendimiento de la licencia en el año anterior y las perspectivas para el año siguiente.
- Los servicios ofrecidos por el licenciatario deberá ser coherente con los productos ofrecidos por los intermediarios autorizados para el comercio de productos básicos y financieros basados en derivados.
- El licenciatario no podrá establecer una filial, sucursal u oficina de representación sin la aprobación previa de la IFSC.
- El licenciatario deberá presentar a la IFSC lo antes posible un manual de procedimientos operativos, incluidas las de liquidez y los controles de prevención de blanqueo de capitales.
- El licenciatario deberá notificar inmediatamente a la IFSC de cualquier cambio en la información suministrada anteriormente por el licenciatario.
- El licenciatario está prohibida la realización de cualquier negocio bancario como recibir dinero del público a través de la aceptación de los depósitos en cuenta corriente, cuenta de depósito o cuentas de otras similares que pueden retirarse a la vista por cheque, el proyecto, el orden o aviso por parte de los clientes y el uso que dinero para hacer los anticipos, préstamos, ampliaciones de crédito, garantías e inversiones.
- El licenciatario no podrá aceptar depósitos de cualquier persona, en efectivo o instrumentos monetarios al portador, que agregado a un importe superior a 10.000 dólares de los EE.UU. o su equivalente en cualquier moneda, en cualquier año civil.
- La licencia de inversión en el patrimonio neto de un solo emisor, incluidos los afiliados, no podrán superar el 25 por ciento de su pleno derecho y sin limitaciones de capital.
- La violación o incumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriores puede resultar en la revocación de la licencia.