A la hora de establecer una empresa puede ser creada bajo cualquier nombre de su parecer, pero debe asegurarse que el mismo no contenga palabras o términos ofensivos, insultantes o que el mismo sea parecido o igual a compañías previamente establecidas; en caso dado de que se escoja un nombre que no llene los parámetros requeridos, el mismo será rechazado.

Después de escogido el nombre de la compañía, al final del mismo se debe agregar un sufijo legal como por ejemplo:

Corporation, IBC, S.A., Sociedad Anonima. El nombre de la sociedad no puede estar asociado con entidades estatales o empresa oficial.

Legislación

La existencia de las Sociedades de Responsabilidad Limitada es regulada en Panamá por la Ley 4 de 9 de enero de 2009, la cual entró en vigencia desde el 15 de enero de 2009.

Estructura de la IBC

Directores

Todas las empresas IBC dentro del territorio de Panamá pueden tener uno o más directores corporativos y los mismos pueden ser de cualquier nacionalidad. Sin la necesidad de reuniones dentro de Panamá, usted puede llevar cómodamente sus actividades comerciales en el país pero a distancia.

Impuestos

En Panamá se brinda el beneficio de una política de libre impuestos como en todas las jurisdicciones offshore para extranjeros sobre cualquier actividad o transacción comercial realizada fuera del país.

Confidencialidad

Uno de los factores más importantes para toda persona dentro del mundo de los negocios, por su seguridad y los de su entorno, es la privacidad y esto lo ofrece Panamá, ya que los nombres de los accionistas o administradores de las cuentas, no forman parte de los registros públicos.

Registros/Libros

Por ley en Panamá las empresas IBC deben mantener registros personales de sus actividades financiares para así explicar la posición en la que se encuentra la empresa con mayor certeza.

Estos libros no son publicados pero se deben mantener en la empresa.