Saint Kitts Fundaciones
Las fundaciones privadas en San Cristóbal
Las fundaciones privadas son entidades jurídicas creadas por un individuo, una familia, un grupo de personas, para un fin, como la filantropía o de negocios.
San Cristóbal es considerado uno de los primeros países en introducir a su ordenamiento jurídico el concepto y la utilización de las fundaciones privadas.
Estructura de la Fundación
• El nombre de la fundación debe terminar estrictamente con la palabra "Fundación".
• Fundador: Cualquier persona puede crear una fundación mediante la suscripción de los artículos de la fundación y la transferencia de activos a la fundación a su registro.
• Sede: Todas las fundaciones deben tener un domicilio social en la Federación a la que las comunicaciones y las comunicaciones pueden ser dirigidas.
• Secretario: También se llama representante local se requiere para ser un agente local de San Cristóbal.
• Miembros del Consejo: Los miembros del consejo de administración no es necesario residir en el territorio de San Cristóbal. Esto simplifica y reduce los costos de llevar la fundación.
Legislación
El concepto de Derecho civil de Fundaciones Privadas de San Cristóbal está legislado en la Ley de fundaciones de 2003 (N º 8 de 2003).
Fiscalidad / Registros contables
No hay impuesto sobre la renta en San Cristóbal y por lo tanto los beneficiarios y el fundador nunca son gravables en los ingresos o suministrada a recibido de la fundación.
Todas las fundaciones están obligadas por ley a llevar registros en los libros de todo el dinero recibido, gastado y distribuido.
Los costos y gastos de la fundación deben ser usados con la cuenta correcta y recibos mantenerlos para explicar el por qué de ellos.
También debe realizar un seguimiento de los activos y pasivos de las fundaciones. Estos registros no se publican, sino que debe estar dentro de las oficinas de la fundación y pueden ser revisados en caso de que sea necesario por, los concejales, el tutor y el auditor, y los libros de contabilidad necesarios.
Beneficios
• 100% anonimato, no hay registros públicos se mantengan los nombres de los beneficiarios.
• No se pagan impuestos sobre las transacciones realizadas por y para la fundación.
• No existe ningún requisito de capital mínimo.
• Preservación del patrimonio familiar.
• Protección de los activos.

Skype: as_offshore
MSN: as.offshore@live.com
Yahoo: as_offshore
ICQ: 556797401
Google: as.offshore@gmail.com
Facebook: vipconsultant
Copyright 2004 - 2012 Adriatic Securities S.A. Inicio | Servicios | Poltica de Privacidad | Trminos y Condiciones | Nuestras Oficinas | Nosotros | Contctanos | |

